La Corte Constitucional protegió los derechos fundamentales de un periodista que sufría amenazas y hostigamientos por el contenido de sus publicaciones, y que no había recibido medidas de protección de la Unidad Nacional de Protección (UNP). La Corte concluyó que la UNP había violado el derecho al debido proceso administrativo del periodista al no realizar una evaluación adecuada de su nivel de riesgo. La sentencia ordenó a la UNP realizar una nueva evaluación y al juez de primera instancia realizar seguimiento detallado al caso. La Corte también instó a las autoridades judiciales a garantizar la protección inmediata de los derechos fundamentales de personas en situaciones de riesgo.

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